El uso de este servicio es mucho más frecuente de lo que puede parecer, pero genera muchas dudas acerca de la forma en que debe contratarse. No son pocos los clientes que creen que, para que el traductor oficial pueda realizar el trabajo, tendrán que desprenderse de sus documentos originales y remitirlos o entregarlos en mano a la agencia de traducción responsable de gestionar el proyecto. Y, claro, esto asusta por dos motivos: primero, porque siempre existe el riesgo de que la documentación se extravíe, y segundo, porque la gran mayoría de los documentos que requieren de una traducción jurada son de naturaleza delicada y confidencial.
Es cierto que antes esto funcionaba así, y quizá haya empresas de traducción que aún sigan trabajando a la vieja usanza, pero en Pafelingua preferimos aprovechar las ventajas y oportunidades que nos dan las nuevas herramientas digitales para gestionar los proyectos de forma íntegramente remota, de manera que cualquier cliente, independientemente de su lugar de residencia, pueda acceder a nuestros servicios sin necesidad de desplazarse ni arriesgarse a que los documentos se pierdan o lleguen a otra persona.
Para nosotros, la especialización es la clave para ofrecer el mejor asesoramiento y la máxima calidad. Por ello, detrás de nuestro servicio de traducción jurada online se encuentra un amplio equipo de colaboradores expertos, experimentados en diversos campos complementarios a la profesión. Además, a lo largo de nuestra trayectoria nos hemos ido especializando en la traducción de lenguas minoritarias, lo cual nos permite ofrecer servicios tan específicos como la traducción de distintos idiomas
La forma de entrega de las traducciones juradas también ha ido cambiando con el tiempo, especialmente desde que en abril del año pasado se introdujera la firma digital. Y es que, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la covid-19, la Oficina de Interpretación de Lenguas, una de las unidades más veteranas del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, emitió un aviso mediante el cual reconocía la validez y carácter oficial de las traducciones juradas que se enviaran mediante dispositivos electrónicos y se firmaran electrónicamente.
Sin embargo, lo anterior no exime a los traductores de cumplir con el requisito que establece la Orden AEC/2125/2014, de 6 de noviembre, en lo referente a certificación, firma y sello. Esto quiere decir que el traductor jurado debe sellar y firmar sus traducciones de puño y letra, y posteriormente escanearlas para insertar la firma digital. Por tanto, hasta que se establezcan por orden ministerial los requisitos y especificaciones para el uso de la firma electrónica y, en su caso, del sello electrónico, nosotros continuaremos enviando las traducciones oficiales tanto en formato digital como en formato físico.
Gracias al servicio integral que ofrecemos desde Pafelingua, nuestros clientes ya no tienen que entregar sus documentos originales para poder obtener un presupuesto.
¡Comodidad, rapidez, fiabilidad y especialización a un solo clic!